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El Tribunal Supremo condena a Nokia por violar la Propiedad Intelectual

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Nokia canon mp3

En su fallo, el Tribunal Supremo ha decidido condenar a Nokia a pagar una compensación de 556.424 euros en concepto de canon, según recoge el diario ABC.

La demanda fue interpuesta por la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI), la Asociación de Artistas, Intérpretes y Ejecutantes, la Sociedad de Gestión de España (AIE) y la SGAE, y confirma que la cantidad será abonada como canon debido a tarjetas de memoria comercializadas por Nokia en el segundo semestre de 2008.

Así, el Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, pero desestima la pretensión de compensación por el supuesto perjuicio causado a los titulares de los derechos de propiedad intelectual respecto a las ventas de teléfonos móviles con reproductor mp3, al considerar que el perjuicio fue mínimo.

De esta forma, la cuantía inicial de 5.132.237 euros se vio reducida hasta los 556.424 euros finales, al entender el Alto Tribunal que el perjuicio causado por los teléfonos móviles con mp3 fue mínimo, al poder contener pocas canciones para uso privado. Sin embargo, no opina igual respecto a las tarjetas de memoria que podían añadirse al terminal, y que muchos llevaban incorporadas, aumentando el número de archivos sonoros en una cantidad aproximada a las 600 canciones.

Por todo ello, el Tribunal Supremo ha considerado que esas copias privadas sí se encontraban protegidas por derechos de propiedad intelectual, en relación a las tarjetas de memoria, por disponer de una capacidad mayor de almacenamiento y producir un perjuicio derivado de su uso para los usuarios de los derechos de propiedad intelectual afectados por el mismo.

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