Noticias
AEPD multa a LaLiga con 250.000 euros por usar el micrófono del móvil para dar con emisiones piratas
La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una multa de 250.000 euros a LaLiga por utilizar los micrófonos de los smartphones de los usuarios que decidían instalar su app para localizar emisiones sin licencia de partidos de fútbol en bares y otros establecimientos. Al abrirse, la app encendía el micrófono y espiaba lo que se escuchaba en el ambiente para detectar estas emisiones, cuya ubicación determinaba gracias a la geolocalización, según Teknautas (El Confidencial). Una vez identificado el local, LaLiga se encargaba de comprobar si había pagado por la licencia necesaria para poder emitir los partidos.
Esta sanción tiene su origen, además de en el uso del micrófono, en un comunicado que emitió LaLiga hace un año, en el que explicaba que había incluido la función de escuchar el ambiente que rodeaba a los smartphones en los que estaba su aplicación, para lo que el usuario tiene que dar su consentimiento expreso. Además, según LaLiga, habían decidido adoptar diversas medidas para proteger la privacidad de los usuarios cuando la función de escucha a través del micrófono se encuentra activa. El micrófono se activaba sin avisar al usuario de que empezaba a funcionar.
Así, la aplicación recogía el código binario del sonido que se escuchaba a través del micrófono, y se empleaba para detectar si se estaba viendo un partido de equipos de LaLiga en un lugar público que no contaba con la licencia adecuada. Al hilo de esta comunicación, la AEPD inició una investigación de oficio, que ha concluido con la sanción mencionada.
Además de la multa, la AEPD ha ordenado a LaLiga introducir mecanismos que refuercen el conocimiento por parte del usuario del momento en que la función de activación del micrófono está en uso. Eso sí, ya no procede, según la entidad, porque la función dejará de utilizarse el 30 de junio, cuando termine la temporada, tal como estaba previsto.
Como cabía esperar, desde LaLiga han mostrado su desacuerdo con la sanción, y han anunciado mediante un comunicado que la van a recurrir. La entidad considera que la AEPD no ha realizado el esfuerzo necesario para comprender cómo funciona la tecnología que utiliza para la detección de emisiones ilegales de partidos. Por lo tanto, ha decidido impugnar judicialmente la decisión tomada por la agencia para demostrar que ha actuado en todo momento conforme a derecho y de manera responsable.
Tal como apuntan desde LaLiga, la entidad «ha cumplido en todo momento con los principios y requisitos establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y de Garantías de los Derechos Digitales (LOPDGDD), y en las guías y directrices publicadas hasta la fechas por las autoridades de control, incluida la AEPD«.
LaLiga recuerda que para que se active la función del micrófono, el usuario tiene que otorgar su consentimiento dos veces y de manera expresa y proactiva. Para ello, la aplicación está desarrollada para que informe al usuario con detalle. Por esto, la entidad opina que «no se puede atribuir a LaLiga la falta de transparencia o información sobre esta funcionalidad«. Además, recuerda que los que no den su consentimiento para el uso del micrófono pueden seguir usando la aplicación sin ningún tipo de limitación.
Al parecer, la tecnología que emplea la app está diseñada para generar una huella de sonido concreta, denominada fingerprint acústico, que contiene únicamente el 0,75% de la información del audio, desechando el resto. Por lo tanto, tal como apuntan desde LaLiga, es imposible interpretar la voz o conversaciones humanas con la parte del audio recogido que se emplea para localizar las emisiones. Además, esta huella se convierte en un código alfanumérico, que no se puede revertir para convertir de nuevo en el sonido original.
Además, el funcionamiento de esta técnica ha quedado avalado por un informe pericial independiente, que entre otros argumentos plantea que «no permite que LaLiga pueda conocer el contenido de ninguna conversación ni identificar a sus potenciales hablantes«. Además, corrobora que este mecanismo «no almacena la información captada del micrófono del móvil» y que «la información captada por el micrófono del móvil es sometida en el mismo a un complejo proceso de transformación cuyo resultado es irreversible«.
-
OpiniónHace 6 días
10 predicciones para los proveedores de servicios gestionados en 2025
-
NoticiasHace 6 días
AMD despedirá al 4% de su plantilla mientras se centra en IA y centros de datos
-
NoticiasHace 3 días
El Capitan es el nuevo superordenador más potente y rápido del mundo
-
NoticiasHace 6 días
La Comisión Europea multa a Meta con 798 millones por perjudicar a la competencia de Marketplace