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CNMC abre expediente a Telefónica por posible incumplimiento de compromisos de la compra de DTS

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Telefónica

La CNMC ha anunciado la apertura de un expediente sancionador a Telefónica por un posible incumplimiento de los compromisos adquiridos en la compra de DTS, la antigua Sogecable, efectuada en abril de 2015. Entonces, la compañía se quedó con el 56% de DTS, que estaba en poder del Grupo Prisa. La resolución es una parte de la labor de verificación que realiza la CNMC para asegurar que Telefónica cumple con lo prometido para tomar el control de DTS, tanto en lo que se refiere a las condiciones como a los compromisos y las sanciones que se adoptar de cara a la preservación de la competencia.

Entre las condiciones que debía cumplir la compañía, que se le impusieron para permitirle la compra de la antigua Sogecable, había varias relacionadas con el mercado de la televisión de pago. Entre ellas, la comercialización mayorista de una oferta anual de contenidos a través de canales premium, la replicabilidad de los productos con estos canales y el acceso no discriminatorio de sus clientes de Internet a contenidos de televisión de pago de operadores OTT.

Por lo que se refiere a los canales de pago, la operadora debe tener una oferta mayorista para que su competencia pueda acceder a sus canales de pago con contenidos premium y comercializarlos después mediante sus propias plataformas de televisión de pago. Para calcular lo que la competencia de Telefónica debe pagar a la compañía para acceder a estos canales, que son de fútbol y motor, se ha de tener en cuenta el denominado CMG (coste mínimo garantizado).

Estos canales están sujetos al reparto proporcionar de costes fijos por los derechos de emisión en exclusiva y los costes de producción, entre otros conceptos. El reparto se hace entre Telefónica y los operadores que lo contraten, y para calcularlos se emplean unos criterios establecidos en los compromisos. Entre los criterios está la cuota de abonados a la TV de pago de cada operador y el potencial de contratación sobre la base de sus redes.

Pues bien, el expediente se ha abierto porque Telefónica no calculó de forma correcta el reparto de los costes fijos del canal «Movistar Partidazo» de su oferta mayorista de canales de pago en la temporada 2016-17. El fallo en el cálculo se dio en julio de 2016, cuando se efectuó el reparto inicial entre los operadores que lo contrataron ese mes. De ahí el incumplimiento, que estaría vinculado a que Telefónica consideró un número de abonados menor al que debería corresponderle. Esto repercutió en otros operadores que contrataron el canal, que tuvieron que asumir mayores costes de los que realmente les correspondía.

A la vista del fallo, Telefónica reconoció su error ya en septiembre de 2018. Por lo tanto, la CNMC considera que se ha producido un «posible incumplimiento del Anexo 1, apartado 1.1.a de la Resolución C/0612/14 Telefónica/DTS» y abre un expediente al respecto tras la resolución el 11 de junio de un informe parcial de vigilancia en el que figuran los indicios de este incumplimiento. Se espera que el expediente se resuelva en un plazo máximo de tres meses, por lo que no habrá que esperar mucho para conocer la decisión de la CNMC.

Redactora de tecnología con más de 15 años de experiencia, salté del papel a la Red y ya no me muevo de ella. Inquieta y curiosa por naturaleza, siempre estoy al día de lo que pasa en el sector.

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