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Todas las novedades del nuevo canon digital a partir del 1 de julio
Novedades en el canon digital que entrará en vigor a partir del próximo 1 de julio de 2023 en España. Algunas de ellas, incluso, no contempladas en un primer momento según lo publicado el pasado 29 de marzo por el BOE por Real Decreto 209/2023.
Cabe tener en cuenta un concepto vital en dicho canon, el de la compensación equitativa por copia privada o canon digital. Es decir, la tasa aplicada a los medios o dispositivos de grabación y destinada a autores, editores y artistas en compensación por las copias o el uso que se hace sus trabajos en el ámbito privado.
En un principal, estaban sometidos a este canon las propias empresas y desarrolladores de estos dispositivos. Sin embargo, a finales de diciembre de 2012 el Gobierno español anuló este procedimiento y propuso un nuevo borrador, el Real Decreto-Ley 20/2011 por el que se adoptaban «medidas urgentes en materia de Propiedad Intelectual«.
A partir de dicho momento, se limitó el canon digital y se sustituyó por un nuevo sistema «con cargo a los Presupuestos Generales del Estados». Pero, en junio de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se manifestó en contra de este sistema e insistió en que no se garantizaba que el coste de dicha compensación solo fuera sufragado por los usuarios de estas copias. Repercutiendo éste, tanto en las personas físicas como jurídicas, cuando estas últimas deberían estar exentas de dicho gravamen.
Novedades destacadas y precios
Entre las novedades, se incluye la incorporación como sujetos acreedores de la compensación equitativa a los autores y editores de publicaciones de prensa, revistas y partituras, “incluyendo periódicos y revistas, de contenido informativo, cultural, científico, técnico, de creación de opinión pública o de entretenimiento, tanto en soporte papel como en formato digital”.
También se regula por primera vez el precio de los ‘smartwatches’ o relojes inteligentes «con funcionalidad de reproducción de fonogramas, videogramas y textos o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales» con una tasa de 2,50 euros.
A partir de esa fecha todos los teléfonos inteligentes con sistemas operativos Android, iOS y HarmonyOS que tengan una capacidad superior a 128,01 GB también serán 3,25 euros más caros en el momento de su compra.
A su vez, el artículo 2 dictamina la relación entre aparatos, equipos y soportes materiales de reproducción sujetos al pago de la compensación equitativa y las cantidades aplicables a los mismos, que serán en ambos casos los que se indican en el anexo.
Las cuantías son las mismas que en decreto de 2017: de 3,75 euros para tablets, de 3,25 euros para teléfonos móviles inteligentes y de 2,50 euros para relojes inteligentes con funcionalidad de reproducción de fonogramas, videogramas y textos o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales, estando éstos almacenados en la memoria de dicho dispositivo.
En cuanto a pc de sobremesa y portátil el canon digital se queda en 5,33 euros, para discos duros entre 0’90 y 3 euros, mientras se eleva a 4 o 6,45 euros si son discos duros externos. Si hablamos de discos integrados en un equipo entre 3 y 4, para impresoras 4 euros y para equipos de reprografía (fotocopiadoras) de libros y publicaciones asimiladas la cantidad es de 5,25 euros.
Por libro electrónico multimedia el canon digital es de 3,15 €, mientras que para memorias USB es de 0,24 euros, para CD grabable y regrabable es de 0,08 € y para DVD / Blu-Ray grabable y regrabable de 0,21 €.
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